ARCA habilita la liberación de garantías mediante el Certificado de Origen Digital: qué cambia para las importaciones desde el MERCOSUR
- mgyaninaslojo
- hace 5 horas
- 4 min de lectura
La Resolución General 5880/2026 pone fin a un trámite que permanecía parcialmente digitalizado. A partir de ahora, los importadores y despachantes podrán solicitar la liberación de determinadas garantías utilizando el Certificado de Origen Digital (COD), sin necesidad de presentar el documento en soporte papel. La medida reduce tiempos administrativos, agiliza las operaciones y profundiza el proceso de digitalización del comercio exterior argentino.
Lunes 27 de julio de 2026 - Mg. Yanina S. Lojo

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la Resolución General 5880/2026, mediante la cual habilita formalmente la utilización del Certificado de Origen Digital (COD) para solicitar la liberación de las garantías constituidas por la Falta de Certificado de Origen MERCOSUR (FCEO) y de las multas automáticas (MUAU) asociadas. La norma entró en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial, el 27 de julio de 2026.
Aunque el Certificado de Origen Digital ya era utilizado en numerosas operaciones comerciales dentro del MERCOSUR y en el ámbito de ALADI, hasta ahora el procedimiento para levantar estas garantías seguía exigiendo la presentación del certificado en formato papel. Con esta resolución, ARCA completa un proceso de digitalización que había quedado pendiente.
¿Qué problema existía hasta ahora?
Cuando una importación alcanzada por un acuerdo preferencial ingresaba al país sin contar con el Certificado de Origen al momento del despacho, el importador debía constituir una garantía identificada con el código FCEO.
Posteriormente, aun cuando el certificado ya existiera en formato digital, la normativa obligaba a presentar el documento en soporte papel para obtener la liberación de esa garantía, generando:
mayores tiempos administrativos;
costos operativos adicionales;
duplicación documental;
intervenciones presenciales innecesarias.
Las Resoluciones Generales N° 4.043, 4.224, 4.608, 4.814 y 5.496 habían previsto que este procedimiento sería digital una vez que el sistema estuviera operativo. Con la RG 5880/2026 esa instancia finalmente queda implementada.
¿Qué cambia con la Resolución General 5880/2026?
La principal modificación consiste en que el importador o el despachante de aduana podrá tramitar la liberación de la garantía utilizando directamente el Certificado de Origen Digital, a través del trámite denominado: "Presentación Certificado de Origen Digital" disponible dentro del Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA).
Para ello deberá informar:
el identificador de la destinación;
los ítems alcanzados;
el número del o de los Certificados de Origen Digital correspondientes.
El rol del servicio aduanero
Presentada la solicitud, la Aduana verificará que el Certificado de Origen Digital cumpla con los requisitos establecidos por el régimen de origen correspondiente al acuerdo comercial aplicable.
Como resultado del análisis podrá:
aprobar el trámite y liberar la garantía;
rechazar la solicitud cuando el certificado no reúna los requisitos exigidos.
La decisión será notificada electrónicamente mediante el sistema SICNEA, manteniendo el procedimiento completamente digital.
¿Qué garantías quedan alcanzadas?
La resolución comprende específicamente dos tipos de garantías:
FCEO – Falta de Certificado de Origen MERCOSUR: Corresponde a la garantía constituida cuando el certificado de origen no se encontraba disponible al momento del despacho de importación.
MUAU – Multas automáticas: Son las multas asociadas a la garantía FCEO que se liberan conjuntamente cuando el trámite resulta aprobado.
Es importante destacar que la norma no crea un nuevo Certificado de Origen Digital, sino que habilita su utilización para gestionar electrónicamente la liberación de garantías ya constituidas.
El respaldo jurídico del Certificado de Origen Digital
ARCA fundamenta esta modificación en la Resolución Nº 386 del Comité de Representantes de ALADI, que reconoce expresamente que los Certificados de Origen Digital poseen la misma validez jurídica que los emitidos en formato papel.
En consecuencia, ya no existía una razón técnica o jurídica para mantener un procedimiento exclusivamente presencial para la liberación de garantías.
Impacto para importadores y despachantes
Desde una perspectiva operativa, la medida implica una mejora significativa en la gestión aduanera. Entre sus principales beneficios pueden destacarse:
reducción de tiempos para obtener la liberación de garantías;
eliminación de documentación física;
menor carga administrativa;
disminución de costos operativos;
mayor trazabilidad del procedimiento;
integración completa con las herramientas digitales de ARCA.
Si bien el cambio puede parecer puntual, representa otro avance dentro del proceso de modernización de los procedimientos aduaneros que viene impulsando la administración.
Recomendaciones prácticas
Las empresas que mantengan garantías FCEO pendientes deberían realizar una revisión de sus operaciones para identificar aquellas que ya cuenten con Certificados de Origen Digital emitidos. En esos casos resulta conveniente iniciar cuanto antes el trámite correspondiente en SITA, ya que la utilización del procedimiento electrónico permitirá acelerar la liberación de las garantías y de las multas automáticas vinculadas.
Un paso más en el camino de la simplificación
La Resolución General 5880/2026 no modifica las reglas de origen del MERCOSUR ni altera los requisitos sustanciales para acceder a las preferencias arancelarias. Su verdadero alcance reside en la digitalización de un procedimiento administrativo que aún conservaba etapas presenciales, permitiendo que el Certificado de Origen Digital sea utilizado también para levantar garantías constituidas por su falta al momento del despacho.
En términos de facilitación del comercio, la medida elimina una duplicidad documental, mejora la eficiencia administrativa y consolida el reconocimiento operativo del Certificado de Origen Digital dentro del ecosistema aduanero argentino. Para importadores y despachantes, se traduce en una gestión más ágil, con menores costos y una reducción de los tiempos necesarios para regularizar operaciones pendientes.
