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¿Quién es SINOSURE?

Actualizado: 24 ago 2023

Los pagos al exterior siguen complicados por la multiplicidad de trabas que se han implementado de manera formal e informal. Esto provoca que los proveedores se impacienten y muchos importadores que trabajan con China empiezan a escuchar de SINOSURE. ¿Quién es? ¿Qué hace? ¿Qué tener en cuenta?

Martes 22 de agosto de 2023, Mg. Yanina S. Lojo



Los importadores ya no saben más que pensar, la situación de los pagos es trágica porque la multiplicidad de motivos por lo que no se pueden acceder es enorme. Ya no es sólo el problema de las fechas y los plazos, no funciona el CCUCE, falta de CEF – algo que muchos nos imaginamos que iba a suceder -, que la operación supera el valor FOB de la destinación, error 46 documento de origen inexistente y así podríamos continuar enumerando.


El problema es que muchas empresas que operan con China comenzaron a tener novedades de una empresa denominada “SINOSURE” y hay algunas cuestiones que se deberían tener en cuenta a la hora de tratar con esta o sus representantes.


¿Quién es SINOSURE?


SINOSURE China Export & Credit Insurance Corporation, se trata de una firma de seguros financiada – como muchas organizaciones de este país -, por el Estado. ¿Cuál es su objetivo principal? Promover el desarrollo y la cooperación económica y comercial de China en el exterior.


Comenzó a funcionar el 18 de diciembre de 2001. Actualmente, su red de servicios llega a todo el mundo y posee sedes a lo largo y ancho de China, así como también cuenta con oficinas en Londres, Johannesburgo y Dubái.


Dentro de sus principales servicios podemos encontrar: seguros de crédito a la exportación a mediano y largo plazo, seguro de inversión en el extranjero, seguro de crédito a la exportación a corto plazo, seguro de crédito comercial nacional, bonos y garantías y reaseguro relacionado con el seguro de crédito a la exportación, gestión de cuentas por cobrar y consultoría.


¿Cuándo interviene SINOSURE?


En general, cuando el gobierno del gigante asiático comienza un proyecto de inversión en el exterior, y una de las empresas que participa cuenta con participación del Estado o se va a realizar utilizando una línea de financiamiento de una entidad financiera estatal considerable.


Pero también lo hace cuando una empresa china PYME exporta al exterior, mediante un seguro de crédito a la exportación. ¿Con qué servicios? “Seguro de Crédito Integral para Pequeñas y Medianas Empresas” y el “Seguro de Crédito Fácil para Pequeñas y Microempresas”


Entonces ¿Cuál es la función de SINOSURE?


Cuando interviene, en los casos de proyectos de inversión, realiza un análisis de riesgo y aplica una póliza de seguro considerando el perfil, fijando una prima de riesgo acorde. La misma se traslada directamente a la tasa de interés del préstamo tomado.


En el caso de las PYMES trata de apoyar su proceso de inserción internacional, a través de los seguros de créditos a la exportación. Pero ¿Qué es un servicio de crédito a la exportación? No es más que un instrumento de cobertura de riesgo frente a una eventual mora o falta de pago ante una operación internacional. Se busca de esta manera obtener una protección ante diferentes tipos de riesgos inherentes a la actividad como pueden ser: los políticos y/o comerciales. De esta manera, se busca evitar que el cobro de las operaciones se vea afectados.


¿Cuándo se activa la participación de la empresa?


En el caso de los seguros de crédito a la exportación, observamos por la información que hemos podido recabar – lamentablemente, no es mucha -, que puede cubrir riesgos desde los 2 a los 5 años. Pero cuando se trata de riesgo comercial, el seguro se activa en diferentes ocasiones:

  • el deudor se declara en quiebra;

  • la firma se liquida y/o disuelve;

  • por el incumplimiento del deudor en el pago del monto principal y/o de los intereses adeudados según lo pautado en el contrato de préstamo o contrato comercial.

También puede activarse si el deudor por cuestiones ajenas a su voluntad no puede cumplir con sus obligaciones, como ser una cesación de pagos del país de destino de la mercadería o una reestructuración de deuda.


SINOSURE entra en escena ¿Y ahora qué?


No hay mucha información sobre la manera de trabajar de esta empresa, que trata de pasar desapercibida, pero si sabemos por algunos estudios de abogados de los Estados Unidos que puede tratarse de un verdadero problema para las empresas importadoras.


En el caso de las empresas norteamericanas no suele darse el no pago por las mismas razones que en Argentina, sino que muchas veces tiene que ver con el envío de mercadería defectuosa.


Lo que si queda claro es que una vez que la empresa exportadora china informa a SINOSURE de la deuda comienzan los dolores de cabeza para la firma importadora. En el caso de los Estados Unidos observamos que se suelen contratar estudios legales locales para intimar a las organizaciones para el pago.


¿Qué pasa en los casos en donde las empresas arreglan finalmente con el exportador?


Obviamente, sobre la base de la información recabada siempre sobre la base de los casos en los Estados Unidos, aquellas empresas que han llegado a un acuerdo con el exportador no logran solucionar el problema con SINOSURE. ¿Por qué? Porque al pagarle a la empresa china esta debería notificar a la aseguradora ya que la misma ya ha pagado la obligación, y esto no suele suceder.


Los importadores de este país consideran que demostrando a través del intercambio comercial y el comprobante de pago podrán explicar a los abogados contratados que la obligación se ha extinto, pero no suele ser suficiente.


¿Entonces qué se recomienda?


En primer lugar, si fueron contactados por la empresa o algún representante local de la misma recomendamos que busquen asesoramiento legal. En segundo lugar, recordar que si el exportador cobra desde Argentina y no informa a SINOSURE el problema no estará solucionado, por ello deberán analizar con su equipo legal cuál es la mejor manera de encarar el problema particular.


Desde el punto de vista cambiario, algunas de las cuestiones que no se deben olvidar son: en el relevamiento de activos y pasivos figura declarada la deuda a nombre del exportador no de la agencia de cobro; el despacho y la factura que permiten el giro también están a nombre del proveedor internacional.


¿Está reglamentada esta situación? Si, el punto 3.11 del texto ordenado de exterior y cambios en su punto 3.11.1 plantea que: “Las entidades podrán dar acceso al mercado de cambios a los residentes con endeudamientos con el exterior o los fideicomisos constituidos en el país para garantizar la atención de los servicios de capital e intereses de tales endeudamientos, para la compra de moneda extranjera para la constitución de las garantías por los montos exigibles en los contratos de endeudamiento en las siguientes condiciones:


3.11.1.1 se trate de deudas comerciales por importaciones de bienes y/o servicios con una entidad financiera del exterior o agencia oficial de crédito a la exportación o endeudamientos financieros con el exterior con acreedores no vinculados, que normativamente tengan acceso al mercado de cambios para su repago, en cuyos contratos se prevea la acreditación de fondos en cuentas de garantía de futuros servicios de las deudas con el exterior;”


Entonces deberíamos consultar con nuestro banco sobre cómo se debería instrumentar el pago de la deuda en cuanto a si es necesario modificar el relevamiento, y los documentos que se deberían presentar, y los plazos.


¿Nos darán acceso?


En este contexto, donde los importadores deben luchar a diario con sus proveedores porque no pueden cumplir con sus obligaciones. Porque les posdatan los pagos o directamente por diversos motivos no se les permite acceder al mercado tener que sumarle el estrés de tener que tratar con una empresa especializada en cobro es llevar la situación al límite.


Una pequeña PYME del interior del país que trajo insumos para producir y que ahora no sólo tiene que luchar contra las trabas burocráticas sino contra las agencias de cobro y no por qué no desee pagar sino porque no se lo permiten es mucho. Lo mismo va a sentir un pequeño comerciante de cualquier parte del país que traía un bien para completar la oferta.


En este contexto, la pregunta que se repite es: ¿Cuándo nos dejarán pagar? ¿Cuándo nos darán acceso al MULC? ¿Hasta cuándo? ¿Los desembolsos del FMI liberaran los pagos o simplemente continuarán postergando los pagos hasta que no se pueda más?


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