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Nueva Ventana para el Comercio Fueguino: ARCA dicta las normas para que comience a funcionar el Régimen Simplificado de Importaciones

La Resolución General 5727/2025 habilita un sistema de compras online con beneficios impositivos para empresas de Tierra del Fuego. Te explicamos todo lo que necesitás saber sobre este nuevo régimen, pensado para potenciar las ventas desde el Área Aduanera Especial al resto del país.

Martes 22 de julio de 2025, Mg. Yanina S. Lojo


Con la entrada en vigencia del Decreto 334/2025 y su reglamentación a través de la Resolución General 5727/2025, el gobierno nacional activó el Régimen Simplificado de Importación de Pequeños Envíos, aplicable a las operaciones de comercio electrónico de empresas radicadas en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.


En este artículo, te contamos los puntos centrales de la normativa a través de preguntas frecuentes:


¿Qué es el Régimen Simplificado de Importación de Pequeños Envíos para Tierra del Fuego?


Es un sistema que permite a empresas fueguinas comercializar productos al por menor al resto del país mediante plataformas de venta online, con un trámite aduanero simplificado y beneficios tributarios.


¿Qué empresas pueden acceder?


Solo las empresas radicadas en el Área Aduanera Especial, creada por la Ley N° 19.640, que implementen un sistema de venta online interoperable con los sistemas de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero. La venta debe ser minorista y respetar los límites definidos por la normativa.


¿Quiénes pueden comprar bajo este régimen?


Cualquier persona humana radicada en el territorio nacional continental puede adquirir productos mediante este sistema. Las condiciones son:

  • Hasta 3 unidades de la misma especie por año calendario por destinatario.

  • Límite de valor: USD 3.000 FOB por orden de compra (o su equivalente en pesos).


¿Qué información debe contener la orden de compra?


La orden de compra debe incluir:

  • Datos del vendedor (nombre, CUIT)

  • Descripción y cantidad de productos

  • Precio unitario y total (FOB)

  • Datos del comprador (nombre, CUIL/CUIT, domicilio, contacto)

  • Texto de validación que indique que la compra se hace al amparo del Decreto 334/25.


¿Qué productos están alcanzados?


Los productos habilitados son los especificados en la Resolución N° 286/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio. Solo podrán comercializarse aquellos que cuenten con la acreditación de origen exigida por la normativa vigente.


¿Cuáles son los beneficios impositivos?


Varios pero por ejemplo, las compras realizadas bajo este régimen están exentas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y otros tributos contemplados en la Ley 19.640, lo que representa un incentivo importante tanto para vendedores como para compradores.


¿Qué controles existen?


Las mercaderías están exceptuadas del régimen de identificación de mercaderías (Resolución General 5581), pero la aduana podrá hacer controles ex post para verificar el cumplimiento de la normativa. Si se detectan irregularidades, se aplicarán los tributos omitidos.


¿Dónde se publicará el cronograma de implementación?


En el micrositio “Pequeño Envío AAE” del sitio web oficial de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, donde también estarán disponibles los códigos de mercadería y procedimientos complementarios.


¿Qué impacto se espera?


Este régimen busca impulsar la economía fueguina, fomentar la industria local, mejorar la competitividad y promover la federalización del comercio electrónico. Además, representa una alternativa accesible para consumidores de todo el país, con garantías fiscales y trazabilidad en el proceso.


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