Mercado Libre vs. Temu: por qué la disputa no es comercial sino por competencia desleal
- mgyaninaslojo
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La denuncia presentada por Mercado Libre contra la plataforma china Temu volvió a instalar un debate confuso en la opinión pública. Lejos de tratarse de una discusión sobre apertura comercial o competencia con empresas chinas, el eje del conflicto es jurídico y regulatorio.
Viernes 30 de enero de 2026 - Mg. Yanina S. Lojo

Presuntas prácticas de publicidad engañosa y competencia desleal que podrían violar la Ley de Lealtad Comercial. De eso se trata la denuncia de Mercado Libre. No es un tema de apertura comercial. Es un fenómeno que ya generó sanciones y advertencias en Estados Unidos y Europa.
Un error de encuadre: no es apertura comercial
El primer punto que conviene aclarar es conceptual. Este caso no discute la apertura comercial ni la competencia internacional. Mercado Libre compite desde hace años con empresas extranjeras en múltiples mercados —Brasil, México, Estados Unidos— y lo hace frente a compañías asiáticas, norteamericanas y europeas.
La discusión de fondo es otra: si una plataforma puede captar consumidores mediante promociones que no reflejan condiciones reales, alterando las reglas de juego tanto para los usuarios como para sus competidores.
En términos simples: competir no es prometer precios imposibles o beneficios inexistentes.
El origen del conflicto en Argentina
La denuncia se inicia en julio de 2025, cuando Mercado Libre acusa a Temu ante las autoridades argentinas de incurrir en publicidad engañosa y prácticas de competencia desleal. El foco está puesto en campañas con mensajes como “productos gratis”, “descuentos del 90% o 100%” o beneficios extraordinarios que, en la práctica, están sujetos a condiciones poco claras, sorteos, acumulación de puntos o requisitos que no se informan de manera transparente.
Tras una primera intervención administrativa que ordena el cese de determinadas prácticas, Temu judicializa el caso. El expediente queda trabado por un conflicto de competencia entre fueros, lo que deriva en la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que deberá definir qué tribunal debe continuar con el proceso.
¿Qué dice la Ley de Lealtad Comercial?
El núcleo del planteo se apoya en la Ley 22.802 de Lealtad Comercial, que busca garantizar que la información ofrecida al consumidor sea veraz, clara y no engañosa, y que la competencia se desarrolle en condiciones equitativas.
Entre los artículos potencialmente comprometidos se destacan:
Artículo 4°: prohíbe expresamente las indicaciones o anuncios que, mediante inexactitudes u ocultamientos, puedan inducir a error al consumidor respecto del precio, condiciones de venta o características del producto.
Artículo 9°: sanciona los actos que falseen la competencia mediante información engañosa o comparaciones impropias.
Artículo 10°: habilita a la autoridad de aplicación a ordenar el cese de prácticas que distorsionen el mercado o perjudiquen al consumidor.
El punto clave no es el nivel de precios, sino la veracidad del mensaje comercial. Vender barato es legal. Prometer algo que no se cumple, no.
Un patrón que se repite en el mundo
El caso argentino no es aislado. Temu enfrenta investigaciones y sanciones en varios países, siempre bajo el mismo eje: prácticas promocionales consideradas engañosas.
En Estados Unidos, la plataforma fue multada por incumplimientos vinculados a la transparencia de vendedores y mecanismos de información al consumidor. En la Unión Europea, distintas autoridades iniciaron investigaciones por descuentos ficticios, reseñas poco confiables y mecanismos de gamificación que confunden al usuario, en el marco de las nuevas reglas para plataformas digitales. En Europa del Este, organismos de defensa de la competencia emitieron advertencias formales por promociones que no reflejaban precios reales previos.
El patrón es consistente: no se cuestiona la presencia de la plataforma, sino sus métodos que inducirían el engaño.
Shein y Temu: historia y modelo de negocios
Para entender el trasfondo, conviene mirar el modelo. Shein surge a comienzos de la década de 2010 como una plataforma de fast fashion basada en producción ultra flexible, ciclos cortos y precios bajos, apoyada en una cadena de proveedores altamente fragmentada en China. Su crecimiento explosivo se apalancó en redes sociales, influencers y estrategias agresivas de marketing.
Temu, lanzada más recientemente por el grupo PDD Holdings, replica y amplifica ese esquema, pero aplicado al ecommerce generalista. Su diferencial no es solo el precio, sino la experiencia gamificada: premios, puntos, desafíos, sorteos y descuentos dinámicos que incentivan la permanencia del usuario.
El problema aparece cuando esa lógica cruza el límite de la transparencia y convierte la promoción en una promesa difícil de verificar o directamente falsa.
Reglas de juego, no ideología
Reducir el caso a una discusión sobre libre comercio o “proteccionismo” es una simplificación que no resiste análisis. La competencia internacional funciona cuando todos juegan con las mismas reglas. Sin reglas claras, no hay mercado eficiente, sino transferencia de rentas vía engaño.
La pregunta que plantea el expediente no es si Temu puede operar en Argentina, sino cómo puede hacerlo. Y esa discusión —lejos de ser ideológica— es central para el futuro del comercio digital.
No es una cuestión de defender a una empresa o atacar a otra. Sino simplemente, tratar de arrojar luz sobre algunas prácticas que hacen muy difícil que los consumidores operen en el ecommerce con confianza. Lo que cada empresa haya hecho o haga en otros aspectos no está en este momento en discusión. Ni tampoco se ha pedido que se limite la operatoria de la empresa Temu en la Argentina.
Es importante notar que Mercado Libre no presentó reclamo contra otras plataformas que operan y que compiten con ellos.
Un caso testigo
Lo que se defina sentará un precedente relevante. No solo para Mercado Libre o Temu, sino para todas las plataformas que operan en el país. En un ecosistema digital cada vez más global, la lealtad comercial deja de ser una cuestión menor para convertirse en un pilar de la competencia moderna.
Porque en economía, como en derecho, competir no es prometer cualquier cosa: es cumplir lo que se promete.
