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Importación de productos cosméticos

Mediante la publicación de una Disposición del ANMAT aquellos que deseen comprar productos cosméticos y de higiene personal podrán hacerlo para su uso directo sin intervención del organismo. ¿De qué se trata?

Miércoles 28 de mayo de 2025, Mg. Yanina S. Lojo


Mientras que un diario en la jornada de ayer se adelantó a la noticia y confirmó su publicación esa madrugada en el Boletín Oficial nadie podía encontrar la disposición de ANMAT en ningún lugar. Sin embargo, efectivamente en la edición de hoy se incluyó la Disposición de ANMAT que establece que el organismo dejará de tener intervención cuando quienes realicen una importación sean los usuarios directos. Veamos de qué se trata.


¿Qué dice la norma?


Según indica la Disposición 3562/2025 emitida por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA se establece que: "esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) no tendrá intervención en los trámites relacionados con gestiones por usuarios directos como la solicitud de autorización de ingreso al país para uso personal de: productos cosméticos, productos domisanitarios de libre venta, productos de higiene oral de uso odontológico, productos higiénicos descartables de uso externo, productos higiénicos descartables de uso intravaginal, productos higiénicos de uso intravaginal.”


¿De qué productos se trata?


La norma identifica algunos de los productos que quedan comprendidos:

  • productos cosméticos

  • productos domisanitarios de libre venta

  • pastas dentales y enjuagues bucales

  • pañales descartables para bebes y adultos, toallitas femeninas, protectores diarios y absorbentes de leche materna, entre otros

  • tampones

  • colectores del flujo menstrual incluída la copa menstrual


¿Quiénes quedan exceptuados del control?


Solo los usuarios finales. ¿Qué significa esto? Que no se puede hacer un ingreso al país con finalidad comercial. Solo quien va a usarlo podrá solicitar su ingreso sin tener que gestionar ante el ANMAT si no tiene finalidad comercial.


¿Qué impacto tiene el cambio?


En los últimos tiempos, con el cambio de normativa para los envíos particulares, se presentaban muchos casos en donde los consumidores adquirían del exterior productos principalmente cosméticos y se encontraban que al llegar al país eran retenidos en Aduana, porque estaban sometidos al control.

De ahora en adelante, estos productos cuando sean ingresados sólo para uso personal, no tendrán este problema.


Es importante señalar que como señala la norma la importación y el uso posterior de los productos mencionados quedan bajo la exclusiva responsabilidad del usuario, quien asume los riesgos y consecuencias que pudieran derivarse de su adquisición y uso.


Por otro lado, es importante recordar que los Envíos Particulares para ser considerados sin fines comerciales deben cumplir con varias condiciones principalmente, no contener más de tres unidades de la misma especie ni superar los USD 3.000 por envío. Son cinco envíos al año por año calendario por persona, y los bultos no pueden superar los 50 kg, independientemente del peso total del envío.


La norma indica expresamente que queda prohibida la comercialización y/o utilización, con fines de lucro y/o distribución gratuita, de los productos indicados.


Aquellos que deseen pueden consultar la disposición en el siguiente link:

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