El Gobierno reduce a cero las retenciones para impulsar exportaciones
- mgyaninaslojo
- 22 sept
- 2 Min. de lectura
La medida regirá hasta el 31 de octubre o hasta alcanzar ventas externas por USD 7.000 millones. Apunta a acelerar la liquidación de divisas y aliviar la presión cambiaria en un contexto de fuertes necesidades financieras.
Lunes 22 de septiembre de 2025, Mg. Yanina S. Lojo

El Gobierno oficializó, mediante el Decreto 682/2025, la reducción temporal de las retenciones a cero para un conjunto de productos agroindustriales comprendidos en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). La iniciativa, vigente desde el 23 de septiembre, apunta a estimular las exportaciones, generar un shock de liquidación de divisas y dar un respiro al frente cambiario en la previa de los fuertes vencimientos de deuda previstos para enero de 2026
Impacto económico y fiscal
El Ministerio de EconomÃa estima que la medida puede anticipar liquidaciones por entre USD 5.000 y 7.000 millones en pocas semanas. Este flujo se destinarÃa a reforzar las reservas internacionales del Banco Central, debilitadas en los últimos meses por pagos de deuda y la intervención cambiaria.
En paralelo, el Tesoro resignará recursos fiscales que, en un escenario anual, podrÃan representar más de USD 1.000 millones en concepto de derechos de exportación. El Gobierno apuesta a compensar ese costo con mayor recaudación por IVA y Ganancias sobre el mayor volumen de operaciones, además de un efecto positivo en la actividad de las economÃas regionales.
Productos y NCM alcanzadas
El anexo normativo del decreto incluye posiciones de la NCM vinculadas al complejo agroindustrial, entre las que se destacan:
Cereales: trigo, morcajo, cebada, maÃz y sorgo.
Harina de trigo de centeno y otros cereales
Fecula de trigo y maÃz
Gluten de trigo
Soja, Harina y aceite de soja
Semillas de girasol
Aceite de girasol y maÃz.
Grasas y aceites hidrogenados.
Margarinas y mezclas de grasas alimenticias.
Grasas animales y vegetales, mezclas o residuos.
Glicerina.
Glucosa y jarabes.
Otros azúcares y jarabes.
Preparaciones a base de harinas, almidones o féculas (incluye fórmulas infantiles)
Concentrados de proteÃnas y otros preparados de proteÃnas.
Residuos de la industria alimenticia/ Residuos de semillas oleaginosas (pellets de girasol, algodón, manÃ, etc.).
Harinas de productos vegetales para alimentación animal.
Preparaciones para alimentación animal (balanceados).
El beneficio alcanza tanto a las operaciones instrumentadas mediante Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) como a los permisos de embarque documentados desde la entrada en vigencia de la norma.
Condiciones para acceder al beneficio
Los exportadores deberán ingresar al menos el 90% de las divisas generadas dentro de los tres dÃas hábiles posteriores a la DJVE, ya sea por cobros efectivos, anticipos o financiamiento externo. El incumplimiento derivará en la pérdida inmediata del beneficio y en la obligación de tributar las alÃcuotas vigentes antes del decreto.
Balance polÃtico y económico
La eliminación de retenciones a cero ofrece un alivio financiero inmediato a productores y exportadores, con impacto positivo en la rentabilidad y la competitividad internacional. Sin embargo, abre interrogantes en el plano fiscal y plantea un desafÃo de sostenibilidad, dado que se trata de un incentivo transitorio con fecha de vencimiento.
En un contexto de alta volatilidad polÃtica y cambiaria, el Gobierno apuesta a que esta señal logre acelerar las ventas externas, generar confianza y estabilizar el mercado, aun a costa de sacrificar ingresos en el corto plazo.