El BCRA flexibiliza el “parking” para operaciones en dólares en licitaciones primarias
- mgyaninaslojo
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El Banco Central modificó nuevamente las condiciones que restringen la operatoria con títulos en moneda extranjera para quienes acceden al mercado oficial de cambios. A través de la Comunicación A 8361, introdujo excepciones clave al plazo de 90 días, con impacto directo en las licitaciones primarias de deuda en dólares.
Miércoles 10 de diciembre de 2025, Mg. Yanina S. Loj

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) avanzó en una nueva flexibilización del régimen de restricciones sobre la operatoria con valores negociables en moneda extranjera. Mediante la Comunicación A 8361, con vigencia inmediata, la autoridad monetaria introdujo cambios al punto 3.8.5 del texto ordenado sobre Exterior y Cambios, estableciendo excepciones concretas al clásico “parking” de 90 días que rige para quienes acceden al mercado oficial de cambios.
Hasta ahora, quienes requerían acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) debían presentar una declaración jurada comprometiéndose a no realizar, directa ni indirectamente, compras de títulos con liquidación en moneda extranjera por un plazo de 90 días corridos. Esa restricción fue establecida por la Comunicación A 8336, pero ahora el BCRA introduce alivios puntuales con foco en la financiación en dólares del sector público.
La principal novedad es que el plazo de 90 días no se aplicará cuando las compras de títulos en moneda extranjera se realicen en el marco de suscripciones primarias de títulos de deuda emitidos por residentes, siempre que el inversor los mantenga en cartera por un período mínimo de 15 días hábiles. Esta exigencia, además, no regirá para las suscripciones efectuadas hasta el 9 de diciembre de 2025, ni cuando la posterior venta de los títulos se liquide también en moneda extranjera.
En paralelo, se habilita una segunda excepción relevante: quienes perciban cobros en moneda extranjera por servicios de capital y/o intereses de títulos emitidos por el Tesoro Nacional o por el propio BCRA podrán reinvertir esos fondos en nuevos instrumentos dentro de los 15 días hábiles siguientes al cobro, sin quedar alcanzados por la prohibición general.
Desde el punto de vista macrofinanciero, la medida busca claramente facilitar la colocación de deuda en dólares en el mercado local, ampliando el universo de potenciales suscriptores sin afectar de manera directa las restricciones cambiarias vigentes para el resto de las operaciones. El Banco Central opta por introducir excepciones quirúrgicas, orientadas a sostener el crédito público sin desarmar el esquema de control cambiario.
En los hechos, la Comunicación A 8361 funciona como una señal al mercado: se profundiza una estrategia de microflexibilizaciones selectivas, con el objetivo de dinamizar las licitaciones oficiales en dólares y mejorar el refinanciamiento de vencimientos en un escenario de elevada sensibilidad cambiaria.



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