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Chau SEDI: Se deroga el Sistema Estadístico de Importaciones

mgyaninaslojo

Con un sorpresivo anuncio del ministro de Economía, se confirma hoy con la presentación de la Resolución General Nº5651/2025 se deroga el Sistema Estadístico de Importaciones. Pero más importante ¿Se reemplaza o desaparece?

Martes 25 de febrero de 2025, Mg. Yanina S. Lojo


Una noticia que tomó por sorpresa al mundo del comercio exterior, el ministro de Economía adelantó por sus redes sociales que hoy por la mañana se iba a publicar en el Boletín Oficial la derogación del SEDI. Es decir, el Sistema Estadístico de Importaciones. ¿Por qué se toma está decisión? Según indica Caputo el equipo de la Secretaría de Industria y Comercio, y ARCA considera que el mecanismo "cumplió con los objetivos de normalizar, transparentar, ordenar y agilizar el sistema de importaciones." Además agregó que "El SEDI tuvo como objetivo principal obtener información anticipada sobre las operaciones de importación y contemplaba el análisis y seguimiento de datos estadísticos sobre importación de bienes. En ese sentido, se determinó que ya no resulta necesario recabar información anticipada para fines estadísticos."

El shock se adueño del sector a la espera de cómo se continuaría. ¿Por qué? Porque hace más de 13 años que se debe cargar una declaración jurada previa a las importaciones. En 2012 se instauraron las DJAI. Antes de eso se habían establecido las Licencias Automáticas y No automáticas. Nadie se imaginaba después de más de una década que podría importarse sin hacer este paso. Pero pareciera que ese es el camino.


Con el nacimiento del SEDI se habían eliminado las Licencias Automáticas y NO Automáticas de Importación, por lo que pareciera que desde ahora, simplemente habrá que emitir el registro aduanero cuando se lo desee. El ministro además dejó un mensaje sobre el futuro: "Se continuarán implementando políticas de facilitación, con el objetivo de que los intercambios comerciales se realicen de manera sencilla, transparente, eficiente y previsible, garantizando las condiciones para su competencia."


¿Cuál es la normativa por la cual se deroga?


Mediante la Resolución General Conjunta 5651/2025 se determina la derogación de las Resoluciones Generales Conjuntas N° 5.429 y N° 5.466 y su modificatoria.


¿Desde cuándo comenzará a regir la derogación de la norma?


Desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial. (26/02/2025)


¿Qué dice la norma?


Según indica la norma se dispone derogar la Resolución General Conjunta N° 5.429 del 9 de octubre de 2023 de la ex ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA y derogar los artículos 1° a 9°, 13 y 14 de la Resolución General Conjunta N° 5.466 del 22 de diciembre de 2023 y el artículo 1° inciso a) de la Resolución General Conjunta N° 5.478 del 10 de enero de 2024, de la ex ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA.


Entonces: ¿Qué significa?


Que desde el día miércoles el Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI) deja de existir.


¿Qué pasará con las SEDI ya emitidas?


SE DEJARÁN SIN EFECTO DESDE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN.


Las declaraciones registradas a través del “Sistema Estadístico de Importaciones” (SEDI), conforme la Resolución General Conjunta N° 5.466 del 22 de diciembre de 2023 y su modificatoria de la ex ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, quedarán sin efecto a la fecha de entrada en vigencia de la presente.”


¿Cómo será reemplazado?


La norma no menciona ningún reemplazo y en el día de hoy no hay ninguna norma que indique un sistema nuevo.


¿Me estás diciendo que no hay que hacer carga ninguna declaración previa ?: 


No hay indicación alguna por lo cual por el momento no habría que hacer ningún tramite previo. De esta manera, con la documentación correspondiente se realizará la destinación que el importador requiera. Recordemos que ya no se gestiona las licencias automáticas y las no automáticas.


Lo último: ¿Y cómo hago para pagar?


Quizás el Banco Central emite alguna norma aclaratoria, pero en principio para pagos diferidos con la presentación de los documentos de la carga se debería proceder al pago. Mientras que, para los pagos anticipados, vista o diferido sin registro de ingreso aduanero se requerirán documentos como la factura para gestionar el pago, donde conste las condiciones de pago negociadas. ¿Dónde se declarará la forma de acceso al mercado? En el documento aduanero.


¿Por qué nació el SEDI y qué impacto puede tener?


El Sistema nació como reemplazo del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) con un nivel de simplificación más que considerable. Se buscó llevar adelante una transición desde la difícil situación en la que nos encontrábamos en diciembre de 2023 donde no había plazos para la aprobación de la declaración, a que se autorizarán en treinta días como máximo. Asimismo, la eliminación de la Capacidad Económica Financiera como un filtro para la carga de la SIRA, la cantidad de trámites asociados y millones de otras situaciones con las que se convivía.


La Secretaría y ARCA consideran que el proceso de normalización se finalizado y que no es necesario continuar haciendo presentaciones previas. Como impacto podríamos mencionar la reducción de tiempos y por ende, costos.


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