Menos derechos de exportación para la industria: qué cambia y cuál puede ser el impacto sobre la competitividad argentina
- mgyaninaslojo
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El Decreto 566/2026 amplía la reducción de los derechos de exportación para cientos de productos industriales y establece un cronograma de eliminación gradual para sectores como el automotriz, la petroquímica y determinados derivados de hidrocarburos. La medida reduce el costo de exportar y refuerza una estrategia orientada a mejorar la competitividad de las exportaciones con mayor valor agregado
Miércoles 1 de julio de 2026 - Mg. Yanina S. Lojo

Durante muchos años, los derechos de exportación estuvieron asociados principalmente a un objetivo recaudatorio. Sin embargo, el Decreto 566/2026 refleja un cambio de enfoque: utilizar la reducción de la carga tributaria como una herramienta para fortalecer la competitividad de la industria y estimular las exportaciones.
La norma profundiza el camino iniciado en 2025 con la eliminación de los derechos de exportación para un conjunto limitado de bienes industriales y amplía ese beneficio a un universo mucho más amplio de productos. El objetivo declarado es reducir el costo de exportar, fortalecer la competitividad, fomentar el empleo y generar más divisas, manteniendo como condición el equilibrio fiscal.
Más de 600 posiciones arancelarias pasan a tributar 0%
El principal cambio del decreto es la eliminación inmediata de los derechos de exportación para más de 600 posiciones de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). Entre ellas se encuentran manufacturas industriales, productos siderúrgicos, aluminio, cobre, zinc, fertilizantes, productos petroquímicos, baterías, residuos electrónicos y una amplia variedad de bienes intermedios utilizados por diferentes cadenas productivas. Para todas estas posiciones, la alícuota pasa a ser del 0% desde el 2 de julio de 2026, reduciendo de manera inmediata el costo tributario de exportar.
Un esquema con tres tratamientos diferentes
No todos los productos alcanzados por el decreto reciben el mismo beneficio ni en el mismo momento.
La norma establece tres esquemas diferenciados. El primero comprende las posiciones incluidas en el Anexo I, que pasan de forma inmediata a una alícuota del 0%.
El segundo abarca productos industriales, automotrices, petroquímicos, plásticos y de caucho incluidos en el Anexo II. En estos casos, las alícuotas actuales del 4,5% y del 3% comenzarán a reducirse mensualmente hasta desaparecer por completo en junio de 2027.
El tercer esquema corresponde a seis posiciones vinculadas con aceites de petróleo y derivados de hidrocarburos, que abandonan el régimen previsto por el Decreto 488/2020 para incorporarse también a un cronograma de reducción gradual hasta alcanzar el 0% en junio de 2027.
La industria automotriz, entre las principales beneficiadas
Uno de los aspectos más destacados del decreto es el tratamiento otorgado al complejo automotor. La propia norma recuerda que este sector representa alrededor del 10% de la producción industrial argentina y ubica al país entre los principales fabricantes mundiales de pick-up. En consecuencia, incorpora al cronograma de reducción gradual vehículos, autopartes, chasis, camiones y tractores, mejorando progresivamente su competitividad exportadora.
En un contexto donde las exportaciones industriales adquieren cada vez mayor importancia para diversificar la matriz exportadora, este tipo de medidas puede contribuir a fortalecer uno de los sectores con mayor capacidad de generación de empleo y valor agregado.
Mucho más que una baja de impuestos
Aunque el impacto inmediato es una reducción del costo tributario para exportar, el alcance del decreto trasciende el aspecto fiscal. La medida constituye una señal de política económica orientada a favorecer la producción con mayor nivel de elaboración, incentivando las exportaciones industriales por encima de un esquema concentrado exclusivamente en materias primas.
Reducir los derechos de exportación mejora los márgenes de rentabilidad de las empresas exportadoras y puede traducirse en mayores inversiones, incremento de la producción y una mejor posición competitiva frente a otros países que disputan los mismos mercados internacionales.
La clave estará en transformar el beneficio en competitividad
La reducción de los derechos de exportación representa una mejora concreta para numerosos sectores productivos. Sin embargo, por sí sola no garantiza un incremento de las exportaciones. La competitividad internacional depende también de factores como la productividad, la estabilidad macroeconómica, la logística, el acceso a mercados y la capacidad de las empresas para desarrollar estrategias comerciales sostenibles.
A ello se suma un aspecto técnico que no debe pasarse por alto: algunas familias de productos quedaron distribuidas entre el Anexo I y el Anexo II. Por esa razón, cada empresa deberá verificar cuidadosamente la posición arancelaria NCM a ocho dígitos de sus mercaderías antes de planificar operaciones de exportación, ya que el tratamiento puede variar incluso dentro de un mismo sector.
Un paso más hacia una política exportadora orientada al valor agregado
El Decreto 566/2026 profundiza una tendencia que comenzó el año pasado: reducir gradualmente la carga tributaria sobre las exportaciones industriales para mejorar la competitividad del sector.
La continuidad de este proceso, junto con reglas previsibles, estabilidad macroeconómica, mejoras logísticas y una mayor inserción internacional, será determinante para que la reducción de los derechos de exportación se traduzca en un crecimiento sostenido de las ventas externas.
Más que una simple modificación tributaria, la medida representa una señal sobre el tipo de desarrollo exportador que busca impulsar la Argentina: uno basado en una mayor participación de la industria y de los productos con valor agregado en los mercados internacionales.




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