Cambios en el Exporta Simple
- mgyaninaslojo
- 14 mar
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Mediante la Resolución Gral. Nº5664 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, se amplían la cantidad de depósitos fiscales que pueden utilizar para Exporta Simple. ¿Qué cambios se implementan? ¿Para qué sirve el Exporta Simple y por qué es una excelente herramienta para comenzar a exportar?
Viernes 14 de marzo de 2025, Mg. Yanina S. Lojo

ARCA publicó en el día de hoy una Resolución General que busca dar mayores flexibilidades para la utilización del régimen Exporta Simple. ¿Cómo? Ampliando la cantidad de depósitos fiscales que pueden usarse para hacer operaciones amparados por este régimen.
¿Qué dice la norma?
Según dispone la Resolución Gral. Nº5664 "Los depósitos fiscales habilitados conforme lo establecido por la Resolución General N° 4.352 y sus modificatorias, que cuenten con elementos de control no intrusivo, podrán ser utilizados para operar por el Régimen “Exporta Simple” regulado por la Resolución General Conjunta Nº 4.458 (MPyT y AFIP) y su modificatoria.
Los “Operadores Logísticos del Régimen Exporta Simple”, según lo estipulado por el artículo 2° de la Resolución General Conjunta N° 4.458 (MPyT y AFIP) y su modificatoria, podrán operar por todas las vías."
¿Qué implica este cambio?
A través de este cambio normativo, se amplia la cantidad de depósitos fiscales que pueden utilizarse para realizar operaciones bajo este régimen.
Es importante tener presente que el único Depósito Fiscal que podía usarse era Terminales de Cargas Argentina (TCA) del Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini.
Con este cambio normativo, se habilita a que las empresas Mi PyME de todo el país tengan una mayor cantidad de alternativas para poder utilizar un Régimen tan útil como el Exporta Simple.
¿Para qué sirve el Régimen Exporta Simple?
Es régimen de exportación simplificado. Que por la manera en la cual se implementó busca facilitar las operaciones de exportación de menor cuantía con fines comerciales.
¿Es necesario estar inscripto como importador - exportador?
No, ese es uno de los beneficios.
¿Puede un monotributista utilizarlo?
Si, también ese es otro de los beneficios. Pueden utilizarlo tanto responsables inscriptos como monotributistas. Es necesario tener clave fiscal nivel 3.
¿Cómo hago para acceder?
Simplemente ingresando con la clave fiscal y dando de alta el servicio.
¿Qué características tiene el régimen?
Se podrá utilizar si el total anual exportado no supera de valor FOB al equivalente a USD 600.000 por sujeto. Cada operación individual no podrá superar el valor FOB de USD 15.000 por sujeto.
¿Qué se puede exportar?
Se puede exportar todo bien que no este alcanzado por prohibición, suspensión o cupo a la exportación. Tampoco lo que se encuentran alcanzado por un tratamiento operativo específicamente normado para el control aduanero. También quedan excluidos los bienes sujetos a precios revisables o concentrados de minerales.
¿Y si hice una importación temporal, puedo usarlo?
No. No permite cancelar insumos ingresados mediante destinaciones suspensivas de importación temporaria.
¿Cómo puedo utilizarlo?
Una vez dado de alta el servicio, se debe cargar la información sobre los productos. De esa manera, podrás cotizar los servicios. La plataforma cuenta con herramientas que permiten estimar el valor FOB si no sabemos cómo calcularlo.
Una vez cargada la información podrás estimar el costo del envío, y seleccionar un proveedor de servicios logísticos. A través de la misma se puede elaborar la factura de exportación.
¿Se puede acceder al cobro de reintegros si uso este sistema?
Si, está habilitado. El operador logístico va a percibir el reintegro y tiene un plazo de 10 días hábiles para transferirlo a tu cuenta, a través del CBU que hayas indicado.
¿Cuál es el plazo para ingresar y liquidar divisas?
El plazo 365 días corridos para las operaciones que se concreten en el marco del régimen “EXPORTA SIMPLE”, independientemente del tipo de bien exportado.
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