Mediante la publicación hoy en el Boletín Oficial de la Res. Gral. 5644/2025 se permitirá el traslado de los contenedores desde la terminal a un depósito fiscal para su verificación.
Miércoles 29 de noviembre de 2025, Mg.Yanina S. Lojo
Hoy se publicó en el Boletín oficial la norma que habilita el traslado de los contenedores desde la terminal al depósito fiscal cuando deba ser verificado.
Características de la operación
“Establecer el procedimiento informático de registro y trámite que, a solicitud del declarante, deberá llevarse a cabo para el traslado del o de los contenedor/es de mercadería documentada al amparo de una destinación de importación con canal rojo o naranja de selectividad asignado, salvo para aquellas operaciones que por aplicación de la matriz de riesgo, no correspondiere su traslado.”
Por lo cual, se habilita a trasladar el contenedor desde la terminal al depósito fiscal cuando corresponda realizar controles por canal rojo o naranja salvo que la matriz de riesgo no lo permita.
DEPÓSITOS DE DESTINO
El traslado podrá efectuarse desde la zona primaria de arribo hasta un depósito fiscal dentro de la misma jurisdicción aduanera, conforme lo establecido en la Resolución General N° 2.889 y sus modificatorias.
A los fines de preservar la integridad de la carga, garantizando la circulación segura de la mercadería hasta el depósito fiscal de destino, se dispondrá la colocación del Precinto Electrónico de Monitoreo (PEMA), conforme lo establecido en la Resolución General N° 2.889 y sus modificatorias.”
Será en el depósito donde se asignará al verificador que llevará adelante el control
IMPACTO EN COSTO
Según señalaron oficialmente esto busca reducir los costos operativos de las empresas al bajar la estadía de los contenedores. Y al mismo tiempo incrementando la disponibilidad de turnos.
Además reportará en un beneficio para las terminales que tendrán más disponibilidad para recibir la carga.
Recordemos que hace unos meses la Cámara de Importadores había señalado con preocupación el costo del puerto en Argentina y cómo se había convertido en uno de los más caros de la región impactando en la competitividad de las empresas.
Atención: aún no está vigente
Un punto importante es que la norma aún no está vigente. Sino que lo será dentro los TREINTA (30) días corridos contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial y será de aplicación conforme el cronograma de implementación que estará disponible en el micrositio “ISTA - Iniciativa de Seguridad de Tránsito Aduanero” del sitio ”web” de esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero (https://www.arca.gob.ar).
Para revisar la norma podes hacerlo en el siguiente link
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