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¿Qué pasa con el régimen antidumping en la Argentina?

Según declaraciones realizadas por el ministerio de Economía, se estarían evaluando cambios en el régimen antidumping. ¿Por qué? ¿Qué justifica está medida? ¿Es necesario?

Jueves 5 de septiembre de 2024, Mg. Yanina S. Lojo

Desde Economía han confirmado que dentro de las medidas que evalúan para simplificar y desburocratizar el comercio exterior, se encuentra el análisis del régimen antidumping y cómo se llevan adelante las investigaciones en la Argentina. Nuestro país es uno de los que más medidas de este tipo posee. ¿Qué pasa?


Vayamos por parte, ¿Qué es el dumping?


Según lo define la Organización Mundial del Comercio (OMC) se pueden implementar una medida antidumping cuando “se ocasione un daño genuino (“importante”) a la rama de producción nacional competidora”. Por lo que, indica que será necesario que “el gobierno tiene que poder demostrar que existe dumping, calcular su magnitud (cuánto más bajo es el precio de exportación en comparación con el precio en el mercado del país del exportador), y demostrar que el dumping está causando daño o amenaza causarlo.”


¿Qué medidas autoriza la OMC ante situaciones de dumping?


Según queda establecido en el artículo 6 del GATT (artículo 6) los países miembros quedan autorizados a adoptar medidas contra esta situación. Y en el Acuerdo Antidumping se aclara y amplía el artículo 6. Es importante remarcar que ambos tratados funcionan conjuntamente.


En general, los países responden aplicando una medida antidumping que consiste en aplicar un derecho de importación adicional a un producto determinado de un país exportador determinado. ¿Cuál es el objetivo? “Lograr que el precio de dicho producto se aproxime al “valor normal” o para suprimir el daño causado a la rama de producción nacional en el país importador.” Indica la OMC.


Es importante señalar que las medidas antidumping sólo se pueden aplicar si el dumping perjudica a la rama de producción del país importador. También es importante señalar que no pueden aplicarse de manera indefinida. Las medidas antidumping deben expirar transcurridos cinco años a partir de la fecha de su imposición, salvo que una investigación demuestre que la supresión de la medida ocasionaría un daño. En dicho caso, se suele prorrogar por un plazo similar.


¿Cómo se calcula el “Valor Normal”?


Según indica la Organización Mundial del Comercio hay varias maneras, pero presenta al menos tres métodos para calcular el “valor normal” del producto.


El principal trabaja sobre el precio del producto en el mercado del país del exportador. Los otros dos son: el precio aplicado por el exportador en otro país o bien un cálculo basado en la combinación de los costos de producción del exportador, otros gastos y márgenes de beneficio normales.


Es importante señalar que el Acuerdo Antidumping no deja nada librado al azar y determina cómo debe realizarse una comparación equitativa entre el precio de exportación y lo que sería un precio normal.


¿Cómo se lleva adelante una investigación antidumping según la OMC?


La OMC establece que no pueden aplicarse medidas a la ligera, sino que se requiere una investigación detallada, con determinadas reglas. En dicha investigación deben evaluarse todos los factores económicos que pueden tener relación con la situación de la rama de producción en cuestión.


Solo si la investigación demuestra que existe dumping y que la rama de producción nacional sufre un daño, hay una instancia anterior a la implementación de las medidas. La misma consiste en que la empresa exportadora se comprometa a determinados niveles de precios durante un periodo de tiempo que son monitoreados.


La OMC además considera que si durante la investigación se determina que el margen de dumping es insignificante (definido como inferior al 2% del precio de exportación del producto) debe cerrarse inmediatamente la misma. Lo mismo debería suceder si el volumen de las importaciones objeto de dumping es insignificante (es decir, si el volumen procedente de un país es inferior al 3% de las importaciones totales de ese producto.) Este caso, el acuerdo autoriza que se considere el volumen total de varios países que individualmente suman menos del 3% pero que de manera conjunta llegan al 7% y se considera que generan daño.


¿Por qué se está evaluando los procedimientos locales?


Según indican desde Economía la medida se ha estado implementando en algunos casos más como una traba para arancelaria, una traba. En la actualidad, Argentina es el tercer país con la mayor cantidad de medidas antidumping con 298, detrás de India (775) y Estados Unidos (620) y se ubicaría cuarta si incluimos a la Unión Europea (359) en el listado.


Como parte de la revisión integral de los procesos que afectan el comercio exterior, se trabaja sobre este proceso, siempre pensando en continuar reduciendo el costo argentino. Desde el gobierno indican: “Todo lo que tiene dumping en Argentina en algunos casos termina valiendo el doble que en la región. Esto no tiene sentido”.


Por ende, desde la Secretaría de Comercio se señala que la intención del área es “simplificar” la gestión de las controversias entre los afectados y las empresas. “Los trámites deben ser rápidos y sencillos”, argumentan.


¿Qué dicen desde el sector industrial?


Obviamente, desde el sector industrial argentino levantan la mano y piden criterio a la hora de evaluar las medidas. Desde parte del sector productivo, están de acuerdo en avanzar con una revisión de los procesos, pero también piden acortar los tiempos de investigación, considerando que hay medidas que pueden tardar dos años en aplicarse.


Por otro lado, por ejemplo, en 2022, sobre el total de las importaciones, las gravadas por dumping representaron el 1,6%. Un valor que puede no ser significativo para muchos, pero depende en que sectores puede generar un gran impacto sobre los consumidores.


Como siempre que el gobierno analiza simplificar algún proceso vinculado con el comercio exterior, hay sectores que resisten mientras que otros lo toman como una oportunidad. Pero lo más importante será esperar para ver qué cambios se implementan, cómo impactan antes de emitir un juicio sobre las medidas. Lo que si es importante es que el comercio exterior debe desburocratizarse si la economía quiere crecer, y ofrecer mejores oportunidades para las empresas y los consumidores.

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